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DEMANDAN ANTE JUEZ ANULACION DE ACUERDO DEL PROCURADOR Y ODEBRECHT

El Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático, CNLCC, demandó ante el juez coordinador de los jugados de la instrucción del Distrito Nacional,

Publicado: 20/02/2017

DEMANDAN ANTE JUEZ ANULACION DE ACUERDO DEL PROCURADOR Y ODEBRECHT

<h2 style="font-style:normal"><a href="https://quecooking2.wordpress.com/2017/02/13/demandan-ante-juez-anulacion-de-acuerdo-del-procurador-y-odebrecht/">DEMANDAN ANTE JUEZ ANULACION DE ACUERDO DEL PROCURADOR Y&nbsp;ODEBRECHT</a></h2>

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<p><strong>Nota de Prensa,</strong></p>

<p><strong>Lunes, 13 de febrero de 2017,</strong></p>

<p><strong>Santo Domingo, D.N.</strong></p>

<p>&nbsp;El Comit&eacute; Nacional de Lucha Contra el Cambio Clim&aacute;tico, CNLCC, demand&oacute; ante el juez coordinador de los jugados de la instrucci&oacute;n del Distrito Nacional, Alejandro Vargas, la anulaci&oacute;n del acuerdo concertado entre el Procurador General de la Rep&uacute;blica, Jean Alain Rodr&iacute;guez y la empresa Odebrecht.</p>

<p>En la notificaci&oacute;n que dirigieron al juez Vargas, la entidad consider&oacute; que &ldquo;se estar&iacute;a dando un golpe de estado al sistema de justicia dominicano, si no se declara nulo este acuerdo&rdquo;.</p>

<p>Dijo que el viernes pasado la Procuradur&iacute;a deposit&oacute; el acuerdo suscrito entre ella y Odebrecht ante el juez Vargas con la finalidad de que &eacute;ste sea homologado, a pesar que en el d&iacute;a anterior la organizaci&oacute;n hab&iacute;a depositado en la Procuradur&iacute;a General de la Rep&uacute;blica una querella por prevaricaci&oacute;n contra el Procurador y una solicitud de impugnaci&oacute;n a este acuerdo, as&iacute; como una querella por soborno contra Odebrecht, su gerente general, Marcelo Hofke y su representante comercial en el pa&iacute;s, &Aacute;ngel Rond&oacute;n, ante la fiscal&iacute;a del Distrito Nacional.</p>

<p>Inform&oacute; que en el d&iacute;a de hoy le notific&oacute; al juez Vargas estas dos querellas y la solicitud de impugnaci&oacute;n del acuerdo que la Procuradur&iacute;a General de la Rep&uacute;blica ignor&oacute; deliberadamente al depositar este acuerdo ante este juez.</p>

<p>En el documento entregado al magistrado Vargas, el colectivo aclara que no puede ser ignorado en este proceso por tratarse de un caso de corrupci&oacute;n que involucra funcionarios del Estado, por lo que tiene calidad para reclamar y ser parte conforme el art&iacute;culo 85 del C&oacute;digo Procesal Penal dominicano.</p>

<p>Solicit&oacute; tambi&eacute;n al juez Vargas que remita al juez que resulte apoderado del presente caso las querellas y la impugnaci&oacute;n interpuestas por el organismo y que &eacute;ste sea citado para defender su posici&oacute;n de que es ilegal el acuerdo suscrito por el Procurador y Odebrecht.</p>

<p>Se&ntilde;al&oacute; que tanto el ex-juez de la Suprema Corte de Justicia, Julio An&iacute;bal Su&aacute;rez como la Fundaci&oacute;n Institucionalidad y Justicia (FINJUS) han reiterado p&uacute;blicamente que este acuerdo es ilegal por ser el soborno un asunto de orden p&uacute;blico que lesiona gravemente el inter&eacute;s p&uacute;blico como lo dispone el C&oacute;digo Procesal Penal.</p>

<p>Indic&oacute; que adem&aacute;s el soborno est&aacute; penado con tres a diez a&ntilde;os de reclusi&oacute;n por los art&iacute;culos 2 y 5 de ley 448-06 sobre Sobornos en el Comercio y en la Inversi&oacute;n, lo que impide cualquier negociaci&oacute;n basada en el principio de oportunidad contemplado en el art&iacute;culo 34 del C&oacute;digo Procesal Penal.</p>

<p>Plante&oacute; que igualmente el art&iacute;culo 40 del C&oacute;digo Procesal Penal restringe la suspensi&oacute;n condicional del procedimiento &ldquo;en los casos en que se trate de un hecho punible que tenga prevista una pena inferior a cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n mayor o una sanci&oacute;n no privativa de libertad&rdquo;.</p>

<p>Igualmente expres&oacute; que al declarar este acuerdo como confidencial, el Procurador est&aacute; infligiendo el art&iacute;culo 19 de la Ley Org&aacute;nica del Ministerio P&uacute;blico, 133-11 que establece el principio de probidad que resguarda la transparencia en las actuaciones de los funcionarios del Ministerio P&uacute;blico, &ldquo;m&aacute;xime si se trata de un asunto tan delicado como el soborno de 92 millones de d&oacute;lares y sobrevaluaci&oacute;n de obras de miles de millones de pesos sacados de los bolsillos de los humildes trabajadores del pueblo&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;El Procurador est&aacute; obligado a informar al due&ntilde;o del dinero de los pormenores de este acuerdo&rdquo;, puntualiz&oacute;.</p>

<p>Asegur&oacute; que el Procurador General de la Rep&uacute;blica Jean Alain Rodr&iacute;guez no es competente ni tiene calidad para haber concertado el acuerdo con Odebrecht, mediante el cual exonera de acci&oacute;n penal a esta empresa y a sus principales representantes en el pa&iacute;s, ni para solicitar a la Direcci&oacute;n General de Contrataciones P&uacute;blicas levantar la prohibici&oacute;n y habilitar a Odebrecht para contratar obras del Estado y terminar las que est&aacute;n en proceso.</p>

<p>A&ntilde;adi&oacute; que esta solicitud del Procurador de rehabilitar a Odebrecht es violatoria a la Ley 340-06 de Contrataciones P&uacute;blicas, especialmente en sus art&iacute;culos 11, 14, 36, 65 y 66, que establece de manera expresa la inhabilitaci&oacute;n de por vida de las empresas que hayan contratado con el Estado de manera fraudulenta, adem&aacute;s de dejar sin efecto jur&iacute;dico alguno los contratos que hayan obtenido con sobornos y otras acciones il&iacute;citas como ha confesado la propia empresa imputada.</p>

<p>Manifest&oacute; que el Procurador ha querido impedir que se procesen los ejecutivos de Odebrecht y dicha empresa, arribando a un acuerdo ilegal que el C&oacute;digo Procesal Penal le proh&iacute;be y tambi&eacute;n la Ley 448-06 &nbsp;sobre Soborno en el Comercio y la Inversi&oacute;n.</p>

<p>Adujo que con la concertaci&oacute;n de este acuerdo, el procurador Jean Alain Rodr&iacute;guez ha incurrido en prevaricaci&oacute;n tal como lo describen los art&iacute;culos 126 y 128 del C&oacute;digo Procesar Penal.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p><strong>COMIT&Eacute; NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMATICO, CNLCC</strong></p>

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