Turno Libre

Pepca aclara que auditorías no son suficientes para ir ante tribunales

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) aclaró hoy que las auditorías de la Cámara de Cuentas (CCRD) "por sí solas no son suficientes para ir ante tribunales"

Publicado: 12/12/2016

Pepca aclara que auditorías no son suficientes para ir ante tribunales

<p>SANTO DOMINGO.- La Procuradur&iacute;a Especializada de Persecuci&oacute;n de la Corrupci&oacute;n Administrativa (Pepca) aclar&oacute; hoy que las auditor&iacute;as de la C&aacute;mara de Cuentas (CCRD) &quot;por s&iacute; solas no son suficientes para ir ante tribunales&quot;.</p>

<p>A trav&eacute;s de un comunicado la Pepca se&ntilde;al&oacute; que contin&uacute;a realizando el an&aacute;lisis y las pesquisas correspondientes a las 20 auditor&iacute;as que durante el 2016, les ha remitido la CCRD, en referencia a declaraciones recientes de la presidenta de esa instituci&oacute;n, Licelott Marte.</p>

<p>&quot;En muchos de estos casos no hay m&eacute;rito para realizar procesos judiciales y en otros las investigaciones ya est&aacute;n en una etapa avanzada&quot;, se&ntilde;al&oacute; la instituci&oacute;n.</p>

<p>A la vez, precis&oacute; que este proceso de an&aacute;lisis y pesquisas es necesario porque &quot;las auditor&iacute;as realizadas por la C&aacute;mara de Cuentas a una instituci&oacute;n del Estado, no necesariamente implican consecuencias penales y por s&iacute; solas no constituyen elemento probatorio de una investigaci&oacute;n penal por corrupci&oacute;n&quot;.</p>

<p>La Pepca, dependiente de la Procuradur&iacute;a General de la Rep&uacute;blica (PGR), explic&oacute; que la remisi&oacute;n de las auditor&iacute;as, a&uacute;n con soportes, &quot;no convierte este informe de manera autom&aacute;tica en un acto conclusivo en materia procesal penal, sino, y m&aacute;s bien, en el potencial inicio de una investigaci&oacute;n en los casos en que exista m&eacute;rito&quot;.</p>

<p>&quot;B&aacute;sicamente, son auditor&iacute;as financieras y de gesti&oacute;n, que se hacen para verificar la ejecuci&oacute;n presupuestaria y no la verificaci&oacute;n de hechos penales, para lo cual es imprescindible realizar auditor&iacute;as forenses&quot;, agreg&oacute;.</p>

<p>Esas auditor&iacute;as en ocasiones se&ntilde;alan que no identifican irregularidades de &iacute;ndole penal, en otras los hallazgos no suelen ser por s&iacute; solos suficientes para presentarlos de forma inmediata como elementos &uacute;nicos y conclusivos para la judicializaci&oacute;n, y en algunos otros casos se detectan situaciones que cambian los hallazgos plasmados en las mismas, precis&oacute;.</p>

<p>Es por ello, agreg&oacute;, que el Ministerio P&uacute;blico, al recibir esas auditor&iacute;as, &quot;debe iniciar casi desde cero, la b&uacute;squeda de los elementos propios de investigaci&oacute;n penal, para lograr en lo posible evidencias ciertas que apoyen y fortalezcan los hallazgos de esas auditor&iacute;as&quot;.</p>

← Volver al inicio