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Declaran inadmisible reclamo de diputados

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo preventivo en contra de la "inminente resolución de la Junta Central Electoral que dispone la asignación de escaños en violación del artículo 209.2 de la Constitución".

Publicado: 29/06/2016

Declaran inadmisible reclamo de diputados

<p>SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Electoral (TSE) declar&oacute; inadmisible la acci&oacute;n de amparo preventivo en contra de la &ldquo;inminente resoluci&oacute;n de la Junta Central Electoral que dispone la asignaci&oacute;n de esca&ntilde;os en violaci&oacute;n del art&iacute;culo 209.2 de la Constituci&oacute;n&rdquo;.</p>

<p>La acci&oacute;n de amparo fue defendida como abogado por &Aacute;ngel Lockward, quien solicit&oacute; que los accionantes F&eacute;lix Santiago Hiciano Alm&aacute;nzar, Dante Alfonso M&eacute;ndez y Francisco Antonio Soliman Rijo, sean elegidos como diputados en el Congreso Nacional por las provincias La Altagracia, Hermanas Mirabal e Independencia, respectivamente.</p>

<p>El Partido Revolucionario Moderno (PRM) intervino voluntariamente en esa acci&oacute;n de amparo, y reclam&oacute;, adem&aacute;s, un diputado por San Juan de la Maguana.</p>

<p>El abogado del PRM, Julio Pe&ntilde;a, se&ntilde;al&oacute; que el art&iacute;culo 209.2 de la Constituci&oacute;n dispone expresamente: &ldquo;Las elecciones se celebrar&aacute;n conforme a la ley y con representaci&oacute;n de las minor&iacute;as cuando haya de elegirse dos o m&aacute;s candidatos&rdquo;. Afirm&oacute; que el PRM someter&aacute; su reclamo ante el TSE, y continuar&aacute; su defensa del voto de los ciudadanos.</p>

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