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Religiosos temen a ley de cultos que se discute en el Senado

Difunden mensajes y llaman a orar, ley los regula y los sujeta a la Constitución y leyes

Publicado: 27/06/2016

Religiosos temen a ley de cultos que se discute en el Senado

<p>&nbsp;</p>

<p>SANTO DOMINGO.&nbsp;Religiosos est&aacute;n difundiendo mensajes de alerta y temor a trav&eacute;s de las redes sociales por la discusi&oacute;n en el Congreso del proyecto de Ley Org&aacute;nica de Libertad Religiosa y llaman a orar.</p>

<p>&ldquo;Hermanos por favor oren, el d&iacute;a de hoy es debatida una iniciativa de ley en el Senado de la Rep&uacute;blica, la cual contempla c&aacute;rcel a religiosos por predicar a horas impropias, sanci&oacute;n a congregaciones que tengan un volumen alto al momento de celebrar su culto, a quienes anden por las calles y visitando los hogares incomodando a los peatones y violentando la integridad de la familia&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;Se ha contemplado incluso como una violaci&oacute;n a la libertad de culto el imponer la lectura de la Biblia&rdquo;, dice el mensaje que circula mayormente por WhatsApp.</p>

<p>Aunque el proyecto de ley que discute la Comisi&oacute;n de Justicia y Derechos Humanos del Senado no habla de esto, expresa que las entidades religiosas tienen el deber de sujetarse a la Constituci&oacute;n y las leyes de la naci&oacute;n, y respetar las instituciones del pa&iacute;s, adem&aacute;s de abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente econ&oacute;micos.</p>

<p>Este proyecto, de la autor&iacute;a de los senadores de Bahoruco y Barahona, Manuel Antonio Paula y Edis Mateo V&aacute;zquez, respectivamente, tiene como objetivo regular el ejercicio de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos en el pa&iacute;s, y se aplica a todos los ciudadanos y entidades religiosas o de cultos en todo el pa&iacute;s, que deber&aacute;n registrarse en el Ministerio de Interior y Polic&iacute;a como Instituciones no gubernamentales.</p>

<p>&ldquo;Quedan excluidas del &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de esta ley todas aquellas asociaciones o entidades cuyos fines y actividades se relacionen con fen&oacute;menos astrof&iacute;sicos, sicol&oacute;gicos, parapsicol&oacute;gicos, adivinaci&oacute;n, astrolog&iacute;a, espiritismo, difusi&oacute;n de ideas o valores filos&oacute;ficos human&iacute;sticos y espirituales. Las entidades dedicadas al desarrollo de ritos mal&eacute;ficos o an&aacute;logos se encuentran al margen de la presente ley&rdquo;, especifica el art&iacute;culo 3.</p>

<p>La ley garantiza la libertad de culto de las personas y de las organizaciones, y entre las prohibiciones est&aacute; asociarse con fines pol&iacute;ticos bajo una denominaci&oacute;n religiosa.</p>

<p>Del proyecto</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Especifica que el ejercicio de los derechos de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos, tiene como l&iacute;mites la protecci&oacute;n del derecho de las dem&aacute;s personas al ejercicio de sus libertades p&uacute;blicas y derechos fundamentales consagrada en la Constituci&oacute;n, los tratados internacionales aprobados por el Congreso y las leyes, as&iacute; como la salvaguarda de la seguridad f&iacute;sica y mental y de orden p&uacute;blica. Se prohibir&iacute;a agraviar los s&iacute;mbolos patrios o inducir a su rechazo durante los cultos, y que los ministros profieran t&eacute;rminos en p&uacute;blico o tomar acciones que inciten a la violencia.</p>

<p>SANTO DOMINGO.&nbsp;Religiosos est&aacute;n difundiendo mensajes de alerta y temor a trav&eacute;s de las redes sociales por la discusi&oacute;n en el Congreso del proyecto de Ley Org&aacute;nica de Libertad Religiosa y llaman a orar.</p>

<p>&ldquo;Hermanos por favor oren, el d&iacute;a de hoy es debatida una iniciativa de ley en el Senado de la Rep&uacute;blica, la cual contempla c&aacute;rcel a religiosos por predicar a horas impropias, sanci&oacute;n a congregaciones que tengan un volumen alto al momento de celebrar su culto, a quienes anden por las calles y visitando los hogares incomodando a los peatones y violentando la integridad de la familia&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;Se ha contemplado incluso como una violaci&oacute;n a la libertad de culto el imponer la lectura de la Biblia&rdquo;, dice el mensaje que circula mayormente por WhatsApp.</p>

<p>Aunque el proyecto de ley que discute la Comisi&oacute;n de Justicia y Derechos Humanos del Senado no habla de esto, expresa que las entidades religiosas tienen el deber de sujetarse a la Constituci&oacute;n y las leyes de la naci&oacute;n, y respetar las instituciones del pa&iacute;s, adem&aacute;s de abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente econ&oacute;micos.</p>

<p>Este proyecto, de la autor&iacute;a de los senadores de Bahoruco y Barahona, Manuel Antonio Paula y Edis Mateo V&aacute;zquez, respectivamente, tiene como objetivo regular el ejercicio de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos en el pa&iacute;s, y se aplica a todos los ciudadanos y entidades religiosas o de cultos en todo el pa&iacute;s, que deber&aacute;n registrarse en el Ministerio de Interior y Polic&iacute;a como Instituciones no gubernamentales.</p>

<p>&ldquo;Quedan excluidas del &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de esta ley todas aquellas asociaciones o entidades cuyos fines y actividades se relacionen con fen&oacute;menos astrof&iacute;sicos, sicol&oacute;gicos, parapsicol&oacute;gicos, adivinaci&oacute;n, astrolog&iacute;a, espiritismo, difusi&oacute;n de ideas o valores filos&oacute;ficos human&iacute;sticos y espirituales. Las entidades dedicadas al desarrollo de ritos mal&eacute;ficos o an&aacute;logos se encuentran al margen de la presente ley&rdquo;, especifica el art&iacute;culo 3.</p>

<p>La ley garantiza la libertad de culto de las personas y de las organizaciones, y entre las prohibiciones est&aacute; asociarse con fines pol&iacute;ticos bajo una denominaci&oacute;n religiosa.</p>

<p>Del proyecto</p>

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<p>Especifica que el ejercicio de los derechos de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos, tiene como l&iacute;mites la protecci&oacute;n del derecho de las dem&aacute;s personas al ejercicio de sus libertades p&uacute;blicas y derechos fundamentales consagrada en la Constituci&oacute;n, los tratados internacionales aprobados por el Congreso y las leyes, as&iacute; como la salvaguarda de la seguridad f&iacute;sica y mental y de orden p&uacute;blica. Se prohibir&iacute;a agraviar los s&iacute;mbolos patrios o inducir a su rechazo durante los cultos, y que los ministros profieran t&eacute;rminos en p&uacute;blico o tomar acciones que inciten a la violencia.</p>

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