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La importancia del expediente médico

En días pasados se suscitó un escándalo por la demolición del Hospital Luis Eduardo Aybar porque los responsables de la misma no tomaron los cuidados de almacenar los expedientes médicos que reposaban en los archivos de ese hospital. Algo verdaderamente insólito,

Publicado: 22/01/2015

La importancia del expediente médico

<p>En d&iacute;as pasados se suscit&oacute; un esc&aacute;ndalo por la demolici&oacute;n del Hospital Luis Eduardo Aybar porque los responsables de la misma no tomaron los cuidados de almacenar los expedientes m&eacute;dicos que reposaban en los archivos de ese hospital. Algo verdaderamente ins&oacute;lito, innecesario y contraproducente. Esto nos lleva a explicar la necesidad de preservar esos expedientes no s&oacute;lo para darles seguimiento a los pacientes, sino tambi&eacute;n por el valor de la confidencialidad para la protecci&oacute;n de los mismos.</p>

<p>El expediente m&eacute;dico, tambi&eacute;n llamado expediente cl&iacute;nico, es el documento que recoge el historial de salud de una persona. La recolecci&oacute;n de las informaciones se inicia con la primera consulta al m&eacute;dico.</p>

<p>Todo expediente m&eacute;dico consta de las informaciones generales de identificaci&oacute;n de la persona a fin de localizarla en caso de necesidad. Entre otros datos, se requieren: el nombre completo de la persona, sexo, fecha de nacimiento, edad, direcci&oacute;n f&iacute;sica y electr&oacute;nica, tel&eacute;fonos, fecha y hora de recolecci&oacute;n.</p>

<p>Se recogen los datos sobre las razones que la llevan a consultar al m&eacute;dico y acerca de sus dolencias si las hubiere. Una vez conocido esto &uacute;ltimo, se interroga al paciente, acerca de la evoluci&oacute;n del padecimiento y medicinas tomadas durante el embarazo de su madre, parto, nacimiento y toda la evoluci&oacute;n desde el momento de nacer. En caso de que se trate de un joven o una persona mayor que neurol&oacute;gicamente se encuentra aparentemente normal, habr&aacute; muchas preguntas sobre el embarazo, parto, crecimiento y desarrollo que se obviaran. En cambio, si la persona presenta malformaciones o deformaciones o retraso psicomotor, se har&aacute; hincapi&eacute; en la evoluci&oacute;n del embarazo y parto, entre otras preguntas.</p>

<p>Se acopian las informaciones acerca del desarrollo de su vida, las veces que ha estado enfermo y los diagn&oacute;sticos establecidos. Igualmente, si ha sido intervenido quir&uacute;rgicamente, los medicamentos tomados y los que est&aacute; tomando; las dosis, intervalos de dosis y otras informaciones relacionadas. Tambi&eacute;n se deber&aacute; registrar los ex&aacute;menes de laboratorio realizado, resultados, y otros ex&aacute;menes para diagn&oacute;stico, tales como rayos x, sonograf&iacute;a, tomograf&iacute;a, entre otros.</p>

<p>Una vez completada la informaci&oacute;n, pasamos al examen f&iacute;sico. En esta etapa del proceso se pesa y mide al paciente; se observa y palpa su cuerpo para apreciar cualquier anormalidad que pueda presentar; se le toma la presi&oacute;n arterial, pulso y respiraci&oacute;n, entre otras. Todo lo encontrado normal o anormal se describe en el expediente m&eacute;dico.</p>

<p>Una vez realizado el examen, se escribe la sospecha diagn&oacute;stica y las recomendaciones: ex&aacute;menes complementarios y medicamentos si requiere administrarse.</p>

<p>Las informaciones recogidas en el expediente son estrictamente confidenciales y si el m&eacute;dico u otra persona, por cualquier raz&oacute;n, viola la confidencialidad del paciente, puede ser sometido a la justicia por la persona afectada o sus familiares.</p>

<p>En los estudios de investigaci&oacute;n, los expedientes de los pacientes son guardados de por vida y cuando, por cualquier raz&oacute;n, hay que referirse a un paciente determinado, se hace por la numeraci&oacute;n que se le hab&iacute;a asignado. Ni siquiera se utiliza las iniciales del paciente para evitar transparentar su identidad.</p>

<p>Lo ocurrido en el Hospital Luis Eduardo Aybar reiteramos, ha sido un error grave y los responsables debieran ser sancionados. En el pa&iacute;s existe la Ley General de Archivos de la Rep&uacute;blica Dominicana No. 481-08 y su Reglamento de Aplicaci&oacute;n: el No. 129-10. Agregamos que el Art&iacute;culo 71 de la referida ley especifica: El autor de la sustracci&oacute;n, deterioro o destrucci&oacute;n de un documento perteneciente al SNA, es castigado con reclusi&oacute;n de dos (2) a cinco (5) a&ntilde;os y multa de dos (2) a veinte (20) salarios m&iacute;nimos. Asimismo, el Art&iacute;culo 57 de dicha ley se refiere a numerosos aspectos sobre la privacidad.</p>

<p>Exhortamos a las autoridades del pa&iacute;s a preservar la memoria hist&oacute;rica y promocionar su preservaci&oacute;n, legado que debemos dejar a las nuevas generaciones.</p>

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