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El Poder Ejecutivo promulga Ley que regula el fideicomiso público

El presidente Luis Abinader promulgó en la tarde de hoy la ley que regula el fideicomiso público en la República Dominicana.

Publicado: 19/03/2023

El Poder Ejecutivo promulga Ley que regula el fideicomiso público

<p>El presidente Luis Abinader promulg&oacute; en la tarde de hoy la ley que regula el fideicomiso p&uacute;blico en la Rep&uacute;blica Dominicana.</p>

<p>La norma jur&iacute;dica es ahora la Ley 28-23 y regula por primera vez la importante figura del fideicomiso p&uacute;blico, estableciendo un marco legal innovador para su organizaci&oacute;n, estructura y funcionamiento.</p>

<p>La ley estipula que la constituci&oacute;n de los fideicomisos p&uacute;blicos estar&aacute; sujeta a la aprobaci&oacute;n del Poder Ejecutivo mediante decreto y deber&aacute; cumplir con el art&iacute;culo 128, numeral 2, litera de la Constituci&oacute;n de la Rep&uacute;blica en casos espec&iacute;ficos.</p>

<p>Asimismo, garantiza que las compras y contrataciones p&uacute;blicas en el marco del fideicomiso p&uacute;blico se rijan por la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones P&uacute;blicas, Obras y Concesiones, y sus modificaciones, asegurando una gesti&oacute;n eficaz y responsable de los fondos p&uacute;blicos.</p>

<p>En cuanto al acceso a la informaci&oacute;n, la ley establece un precedente al exigir que todas las informaciones contenidas en el Contrato de Fideicomiso u otros actos sujetos a registro p&uacute;blico sean reveladas por el Fideicomitente a trav&eacute;s de su respectivo Departamento u Oficina de Acceso a la Informaci&oacute;n P&uacute;blica, conforme a la Ley de Libre Acceso a la Informaci&oacute;n P&uacute;blica.</p>

<p>La supervisi&oacute;n y regulaci&oacute;n de los fideicomisos p&uacute;blicos recaer&aacute; en el ente gubernamental participante en el fideicomiso, la C&aacute;mara de Cuentas, la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia del Mercado de Valores, seg&uacute;n corresponda, en funci&oacute;n del objeto del fideicomiso. Esta estructura de supervisi&oacute;n garantiza la transparencia y la rendici&oacute;n de cuentas en el uso de los recursos p&uacute;blicos.</p>

<p>La norma en cuesti&oacute;n tambi&eacute;n aborda las sanciones administrativas, estableciendo un sistema de clasificaci&oacute;n de infracciones en muy graves, graves y leves.</p>

<p>La Superintendencia de Bancos tendr&aacute; la facultad de imponer sanciones a las fiduciarias, siguiendo los criterios establecidos en la Ley n&uacute;m. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administraci&oacute;n y de Procedimiento Administrativo.</p>

<p>La promulgaci&oacute;n de esta ley marca un hito en la historia de la Rep&uacute;blica Dominicana y demuestra el compromiso con la transparencia, la eficiencia y la responsabilidad en la gesti&oacute;n de los recursos p&uacute;blicos.</p>

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