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Senadores aprueban en primera lectura modificación a la Ley General de Salud

La modificación de su artículo 162 dota de capacidad sancionadora al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Publicado: 05/05/2022

Senadores aprueban en primera lectura modificación a la Ley General de Salud

<p>El Senado de la Rep&uacute;blica aprob&oacute; en primera lectura un proyecto de ley que&nbsp;<strong>dota al Ministerio de Salud P&uacute;blica la capacidad sancionadora</strong>&nbsp;sobre la violaci&oacute;n de la Ley 42-01 que conlleva multas.</p>

<p>La pieza, autor&iacute;a del senador Virgilio Cedano, fue sancionada en primera lectura en la sesi&oacute;n de trabajo de este martes.</p>

<p>Espec&iacute;ficamente se trata de&nbsp;<strong>una modificaci&oacute;n de la Ley General de Salud</strong>&nbsp;(42-01) en la cual se le otorga esta potestad al Ministerio de Salud P&uacute;blica.&nbsp; La pieza establece la modificaci&oacute;n del art&iacute;culo 162 donde especifica que las infracciones que se deriven de la violaci&oacute;n de los tambi&eacute;n art&iacute;culos 154, 155, 156 y 157 &ldquo;<strong>ser&aacute;n competencia de los tribunales de primera instancia</strong>&rdquo;.</p>

<p>No obstante, agrega una p&aacute;rrafo adicional al art&iacute;culo 162 que establece: Las sanciones a las infracciones que se deriven de la violaci&oacute;n a lo establecido en el art&iacute;culo 153 ser&aacute;n de competencia del Ministerio de Salud P&uacute;blica, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley num- 170-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administraci&oacute;n y de Procedimiento Administrativo&rdquo;.</p>

<p>El art&iacute;culo 153 indica una serie de&nbsp;<strong>violaciones a la ley que ser&aacute;n sancionadas con multas</strong>&nbsp;que oscilar&aacute;n entre uno y diez veces el salario m&iacute;nimo nacional.</p>

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